Mediante la resolución 1513 de 2021 el ministerio del Interior dispuso que las votaciones para los Organismos de Acción Comunal de primer grado, Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria, se realizarán el próximo 28 de noviembre. La Gobernación del Quindío, a través de la secretaría del Interior, con la dirección de Desarrollo Comunitario, Seguridad, Convivencia y Participación Ciudadana, dispondrá de su equipo técnico y profesional para brindar atención y asesoría en cada uno de los municipios del departamento.
El papel de la dirección se centra en la inspección, vigilancia y control y dar cumplimiento a la meta de fortalecimiento de Juntas de Acción Comunal, enmarcado en el plan de desarrollo “Tú y yo Somos Quindío” 2020-2023. De esta forma se pretende incentivar la participación ciudadana a través de las JAC y Juntas de Vivienda Comunitaria, buscando que el proceso sea incluyente, que vincule jóvenes, mujeres y demás poblaciones de los barrios y veredas.
“Las JAC deben hacer antes del día 28 de noviembre su asamblea previa para determinar el tribunal de garantías y todos los acuerdos electorales, elegir dónde van a hacer sus votaciones, en dónde van a inscribir sus planchas, en qué horarios. 15 días hábiles antes de la elección, el día de los comicios cada Junta estará en su proceso electoral, que es autónomo de cada una. Posterior al día de la elección, una vez organicen toda la documentación correspondiente a la misma, procederán a radicarla en esta secretaría, donde se verificará el cumplimiento de los requisitos y procedimiento realizado para la expedición de la resolución de reconocimiento a los nuevos dignatarios del departamento que se posesionarán el 1 de febrero de 2022”, afirmó Faber Riveros Nicholls.
Requisitos para participar en las elecciones de Junta de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria 2021 -2024
- Ser persona natural
- Residir en el Territorio de la Junta
- Tener más de 14 años
- No estar incurso en ninguna causal de impedimento de las contempladas en el artículo 25 de la Ley 743 de 2002.
- Poseer documento de identificación.
- Los interesados en participar en la junta deberán estar registrados directamente en el libro de afiliados.