Frente al artículo denominado “Tribunal anula resolución que cambió sentido de los decretos de emergencia en el hospital San Juan de Dios”, difundido el día 25 de junio de 2020 por el medio de comunicación “El Quindiano”, la ESE Hospital Departamental Universitario del Quindío San Juan de Dios se pronuncia en los siguientes términos, por motivo de las diversas inexactitudes y desaciertos que merecen ser esclarecidos:
Sea lo primero indicar que lamentamos enormemente que el medio de comunicación no verifique su información antes de emitir el artículo en mención, pues falta a la verdad desde que manifiesta que mi primer acto como gerente fue la firma de la resolución objeto de control judicial, afirmación que realizan haciendo referencia a mi posesión 20 días después de mi nombramiento. Aclaro que fui nombrado a través de Decreto departamental de fecha 30 de marzo de 2020, y posesionado el día 01 de abril de 2020, fecha desde la cual ejerzo mis funciones comprometido con la dirección de la entidad.
1. El medio señala que los dineros que no se pagaron por sentencias y conciliaciones en los meses de abril y mayo, se destinaron para contratar personal y realizar adecuaciones físicas que permitieran atender la pandemia del Covid-19, “lo que conlleva que la contratación que se haya realizado con esos recursos puede ser ilegal”. Nada más alejado de la realidad si se tiene en cuenta que la decisión del Tribunal Administrativo del Quindío no mencionó si quiera este aspecto. La misma providencia concluye que no hubo cambio de destinación de rubros del presupuesto. Únicamente se dedicó a revisar si la resolución que expedimos tenía conexidad con el Decreto 491 de 2020 que autorizaba suspensión en el pago de sentencias.
Afirmamos categóricamente que la contratación de bienes y servicios requeridos por la entidad ha respetado los principios del Estatuto General de Contratación y nuestro Manual. Ello ha sido revisado permanentemente por los organismos de control, quienes han examinado la totalidad de los contratos y han concluido que se ajustan a derecho.
2. Nuestra administración ha sido respetuosa de las disposiciones presupuestales. Contrario a lo que se ha sugerido, la gerencia no ha realizado modificación alguna a la destinación de recursos del presupuesto. Dentro del expediente que reposa en el Tribunal Administrativo obra certificación expedida por la Oficina Financiera el 04 de mayo de 2020 de la E.S.E que aclara tal situación. Esta prueba fue tenida en cuenta por el cuerpo colegiado que concluyó que no existieron traslados presupuestales. También lo afirmó el magistrado que aclaró el voto. Por tanto, el reportaje faltó al deber de información y al principio de responsabilidad que tienen los medios con la ciudadanía.
3. Desde el área jurídica y administrativa de la nueva administración de la E.S.E se viene adelantando una gestión constante y juiciosa para el pago oportuno de sentencias. Las pocas providencias pendientes por cancelación, se encuentran dentro del término concedido en el artículo 192 de la Ley 1437 de 2011 con lo que se reduce significativamente el pago de intereses que puedan ocasionar detrimento patrimonial que afecte las finanzas de la entidad y por ende de los quindianos.
Por último, reiteramos que la contratación ha surtido los controles fiscales, administrativos y disciplinarios, obteniendo siempre el respaldo de la Procuraduría Regional del Quindío y la Contraloría General del Quindío. Esto nos permite dar un parte de tranquilidad a la comunidad quindiana, pues estamos actuando con transparencia y responsabilidad.
Hemos demostrado estar comprometidos con el sector salud, lo que merecería una divulgación masiva como voz de aliento para apoyar al gremio que está en primera línea de defensa frente al COVID-19 y no críticas infundadas que incitan la discordia en momentos donde resulta conveniente la unidad y el apoyo institucional. Lo exhibido nos lleva a lamentar los comentarios ligeros que pretenden generar mala impresión de la ciudadanía.