El Juzgado Cuarto Administrativo Oral del Circuito de Armenia le comunicó a los bancos de esta ciudad donde el gobierno departamental tiene sus cuentas, levantar la medida de embargo que pesa contra estas. La comunicación del juzgado se hizo en cumplimiento de una decisión del Consejo de Estado, que el pasado 2 de agosto ordenó suspender los efectos de dicha medida cautelar, atendiendo una tutela interpuesta por el departamento del Quindío.
La medida del levantamiento del embargo implica la devolución de los dineros retenidos o congelados a partir de la fecha del oficio del juzgado a los bancos, oficio que fue radicado el 6 de septiembre de 2018. En consecuencia, las cuentas del departamento gozan hoy de total libertad financiera para cumplir los compromisos económicos, sociales y contractuales adquiridos por la administración departamental.
Las cuentas habían sido embargadas por petición de una oficina de abogados de Armenia, reclamando el pago de primas de maestros del Quindío, tras providencias emitidas en tal sentido por el Tribunal Administrativo del Quindío. Frente a dicha acción, el departamento del Quindío interpuso una acción de tutela que amparara el debido proceso y la defensa de la salud, la vida y educación de miles de estudiantes y adultos mayores que vieron afectadas sus actividades por el embargo de cuentas dirigidas a su protección, ítems que son inembargables, de acuerdo con la Constitución y la ley. A esta petición de amparo, el Consejo de Estado ordenó el desembargo, como medida provisional a la aceptación de la tutela y mientras se define el asunto de fondo.
En su parte resolutiva, el juzgado señala: “Comunicar la medida provisional decretada por el Consejo de Estado mediante auto de 02 de agosto de 2018, dentro del trámite de tutela a las entidades bancarias a las cuales se ofició la medida cautelar, con el fin de que suspendan los efectos de la misma y asimismo se levante la afectación decretada a las cuentas del departamento del Quindío mediante auto de 27 de febrero de 2018”. Y luego añade: “Disponer que por secretaría se realicen las actuaciones necesarias con el fin de realizar la devolución al departamento del Quindío de todos los títulos judiciales constituidos como consecuencia de la medida cautelar decretada mediante acto de 27 de febrero de 2018”.