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Juan Miguel Galvis Bedoya, Gobernador 2024 - 2027

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La Oficina de Control Interno Disciplinario tiene como proposito principal dirigir en la etapa de instrucción el proceso de control disciplinario que se adelante contra los servidores y ex-servidores públicos de la Administración Central del Departamento del Quindío, en todos sus niveles jerárquicos, de conformidad con los procedimientos y normatividad vigente establecida en el Código General Disciplinario.

 

De lo anterior, es importante considerar que el Código General Disciplinario, establece en su Artículo 93. "Control disciplinario interno. Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, o quienes hagan sus veces, debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores". 

"(...)

 

Parágrafo 1o. Se entiende por oficina del más alto nivel la conformada por servidores públicos mínimo del nivel profesional de la administración. El jefe de la Oficina de Control Disciplinario Interno, quien deberá ser abogado y pertenecerá al nivel directivo de la entidad.

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